Microcréditosanálisis comparado del marco normativo internacional. Una propuesta de regulación jurídica común

  1. Autolino, Francesco María
Dirigida por:
  1. Emiliano García Coso Director/a

Universidad de defensa: Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA)

Fecha de defensa: 27 de junio de 2017

Tribunal:
  1. Santiago Ripol Carulla Presidente/a
  2. Esther López Barrero Secretario/a
  3. Cristina Gortázar Rotaeche Vocal
  4. Joaquín González Ibáñez Vocal
  5. Irene Claro Quintáns Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 573779 DIALNET lock_openTESEO editor

Resumen

El objetivo de combatir la pobreza mediante el apalancamiento crediticio de proyectos empresariales y auto-empleo desarrollados tanto en América Latina como en Asia y África, fue el paso previo requerido para que el modelo de microfinanciación fuese exportado a los países más desarrollados hace apenas muy pocos años. El microcrédito se presenta como una alternativa al sistema financiero convencional, focalizado en los colectivos más necesitados, con especial atención en mujeres, jóvenes, desempleados y emigrantes, colectivos que no tiene acceso al sistema bancario o al mercado crediticio en general. Un modelo de microfinanciación que ha ido evolucionando en distintos tipos, metodologías y variables del formato inicial. La capacidad de reducir la pobreza por medio de la financiación a proyectos empresariales, generando oportunidades de inclusión al sistema financiero y al circuito económico formal es la premisa en la que se basa todo el trabajo de los microcréditos en particular, y de las microfinanzas en general. Ambos objetivos, con impacto directo en términos sociales, pero al mismo tiempo en las categorías económicas. El premio Nobel de la Paz y economista, Muhammad Yunus fue pionero con su modelo y posterior constitución del Banco Grammen en Bangladesh. Yunus con el apoyo de instituciones financieras privadas concedió pequeños préstamos a los más necesitados, y para asegurarse la devolución de los créditos, el banco empezó a utilizar un sistema de grupos solidarios, pequeños grupos cuyos miembros actúan para garantizar la devolución del préstamo y se apoyan los unos a los otros en el esfuerzo de mejorar económicamente, todo un modelo revolucionario en su momento. Este proyecto inicial se reveló exitoso al poco tiempo, y se convirtió en referencia obligada para las instituciones de microfinanciación. Cuatro décadas después, constituye un sistema generalizado en los países en desarrollo, adaptados a los contextos, normas, reglas y actores locales. En el caso de Europa, el microcrédito se ha dado a partir de su concepción especialmente como un instrumento de cohesión social, de crecimiento económico y de ocupación. Sin embargo, y a pesar de su amplia aplicación a nivel global, su metodología no es homogénea, los requisitos exigidos a los potenciales beneficiarios no son iguales, las instituciones que financian este tipo de créditos difieren en su naturaleza y grado de involucramiento; y el apoyo externo de instituciones regionales, supranacionales se encuentran determinados por factores ajenos al propio sector; de allí que la conceptualización, la gestión y la institucionalización del microcrédito, base necesaria para contribuir de forma real al bienestar económico y social, tanto desde una perspectiva individual como colectiva, sigue siendo inestable, por lo que la creación de un marco jurídico internacional común pueda servir como génesis de este proceso. El núcleo de la investigación pretende destacar la necesidad de aplicar un marco normativo internacional común en materia de microcréditos que pueda servir de referencia para las legislaciones internas y los organismos internacionales. Por ello, después de haber analizado el marco jurídico de la Unión Europea y de las tres principales organizaciones internacionales, se analizan las normas establecidas por Basilea III y sus posibles aportaciones para crear un instrumento de homogenización del sector del microcrédito a nivel global. Al final, se proponen una serie de recomendaciones que van a integrar y complementar el marco regulatorio de Basilea y se plasman las conclusiones derivadas del análisis global de todos los temas anteriormente apuntados.